El Tribunal Supremo ha dado la razón a CCOO y ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el sindicato SIBF contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (Tsjcm) que rechazó la demanda interpuesta por el sindicato USO para reclamar la nulidad de los acuerdos adoptados por Geacam y la mayoría de los sindicatos representativos de sus trabajadores para adecuar las vacaciones de su plantilla al Estado de Alarma provocado por el covid.
El Supremo ratifica la sentencia del Tsjcm y rechaza y recrimina al SIBF los dos motivos esgrimidos en su recurso de casación, el primero de ellos por basarse en una «afirmación que no se compadece con lo real»; y el segundo, por plantear «una cuestión nueva, que no fue suscitada ni debatida en el procedimiento seguido ante la sala de lo Social del Tsjcm», según indica la sentencia enviada por CCOO a los medios.
CCOO explica que el 14 de marzo de 2020, el mismo día en que entró en vigor el decreto que declaró el estado de alarma por el Covid-19, la dirección de la empresa pública y los sindicatos CCOO, UGT y SATIF acordaron en el seno de la Comisión de Vigilancia e Interpretación (CVI) del Convenio Colectivo de Geacam modificar las fechas de vacaciones anuales del colectivo de prevención y extinción de incendios forestales, a fin de adecuarlas a «la extraordinaria e inédita situación» derivada de la pandemia. Dos días después, el 16 de marzo, se adoptó un acuerdo similar para el personal de Oficinas, Estructuras y Asistencias Técnicas, según añade el sindicato.
Finalmente, recuerda que los días 11 y 14 de mayo de 2020, el Comité Intercentros de Geacam ratificó ambos acuerdos, y aprobó además compensar con dos días adicionales de vacaciones los perjuicios que pudieran ocasionar a la plantilla la alteración de fechas vacacionales inicialmente previstas para el año 2020.
Asimismo, CCOO apunta que SIBF y USO decidieron no suscribir los acuerdos aduciendo que «se habían adoptado sin haberse cumplido las formalidades en materia de convocatoria, orden del día y mayorías necesarias» y en un órgano, la CVI, que «no podía alcanzar acuerdo alguno en materia de vacaciones», pues no todos los sindicatos representativos de la plantilla tienen presencia en esta comisión.