Extensiones de norma para el ibérico y el aceite de orujo

M.H. (SPC)
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Su contenido es de obligado cumplimiento para todos los operadores de cada sector y sus principales funciones son la promoción del consumo, la investigación y el conocimiento de los mercados

Extensiones de norma para el ibérico y el aceite de orujo - Foto: Rueda Villaverde

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) sendas órdenes que recogen las nuevas extensiones de norma promovidas por la Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico (ASICI) y la Organización Interprofesional del Aceite de Orujo de Oliva (ORIVA).

En el caso del sector del ibérico afecta a ganaderos, mataderos, salas de despiece e industrias. Se orienta a realizar actividades de comunicación y promoción del consumo de los productos ibéricos en los mercados nacionales e internacionales, el apoyo a la investigación, desarrollo e innovación tecnológica en materia de salud y bienestar animal, higiene y seguridad alimentaria, y la mejora de los métodos de producción y comercialización. Todo ello durante un periodo de cinco años, que comienza el 4 de noviembre de 2021 y estará vigente hasta el 3 de noviembre de 2026.

La extensión de norma aprobada en 2014 creó el sistema web ÍTACA, un sistema de gestión para la identificación de animales mediante crotales que deben utilizar todos los ganaderos. A través de una orden de 2016 se continuaron los trabajos de mantenimiento, desarrollo y mejora de este sistema informático, que contiene los datos de los operadores y establece o contribuye a la trazabilidad de la cadena. Con esta nueva extensión de norma se dará un pasó más en el desarrollo de este método de control de la trazabilidad y de la calidad de los productos provenientes de los cerdos ibéricos.

Todos los operadores del sector, estén o no integrados en ASICI, estarán obligados a contribuir con una aportación económica a la interprofesional, que se encargará de emplear ese dinero en los fines previstos. Cada rama profesional aportará un 50% del importe de la cuota, estableciéndose de este modo una ‘cuota de producción’ y una ‘cuota de elaboración’.

Para conseguir lo objetivos deseados, entre otras cosas, se emprenderán acciones de información y promoción de productos amparados por las Denominaciones de Origen, se hará pública información sobre las cualidades nutricionales de los productos ibéricos y los beneficios que puede aportar su consumo para una vida saludable o se establecerán estrategias de información y comunicación a la opinión pública para dar a conocer el significado de los precintos identificativos de los productos ibéricos y de su etiquetado, reforzando la transparencia del mercado y la capacidad de decisión de los consumidores.

También se apoyarán investigaciones sobre la aplicación de tecnologías emergentes, sobre la búsqueda de nuevos formatos y presentaciones acordes con las exigencias de los consumidores y sobre técnicas de producción y transformación respetuosas con el medio ambiente y, específicamente, con la dehesa, entorno clave para el cerdo ibérico.

Aceite de orujo.

Por lo que respecta al sector del aceite de orujo de oliva, la extensión de norma se dirige a realizar acciones de promoción, mejorar la información y el conocimiento sobre los mercados y llevar a cabo programas de investigación, desarrollo e innovación durante tres campañas. Entrará en vigor 1 de octubre de 2021 y se mantendrá hasta el 30 de septiembre de 2024.

Los principales objetivos son reconstruir la reputación del aceite de orujo de oliva sobre la base de investigaciones científicas y estudios de mercado, recuperar las ventas del mercado interior y aumentar las del mercado exterior, con criterios sólidos y sostenibles en el tiempo, y conseguir la estabilidad empresarial en el sector orujero español. Para ello se promoverán las investigaciones científicas en torno al valor culinario, saludable, socioeconómico y medioambiental del aceite de orujo de oliva. Asimismo se fomentarán líneas de investigación y estudios sobre la mejora de las técnicas de producción respetuosas con el medio ambiente que supongan una mejora de los procesos tecnológicos, especialmente de aquellos que aumenten la seguridad alimentaria.

Las acciones de promoción se destinarán principalmente al mercado interior y, por demanda del sector, al mercado exterior. Las acciones de comunicación y marketing se orientarán a la distribución alimentaria, el canal HORECA, la industria alimentaria y a los creadores de opinión de los sectores anteriores. Igualmente se realizarán acciones pensadas y dirigidas al público generalista.

La aportación económica será de 6 euros por tonelada de aceite de orujo de oliva crudo. Del mismo modo que en el caso del cerdo ibérico, dicha aportación quedará dividida en dos cuotas de 3 euros por tonelada cada una, denominadas respectivamente ‘cuota de producción’ y ‘cuota de transformación y comercio’.