El fiscal ve "prematuro" forzar un careo entre Rajoy y Bárcenas

Agencias
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El representante del Ministerio Público considera que aún se desconoce si existen contradicciones entre ambos

El fiscal ve "prematuro" forzar un careo entre Rajoy y Bárcenas - Foto: Juan Carlos Hidalgo

El fiscal Anticorrupción Antonio Romeral, que ejerce la representación del Ministerio Público en el juicio por la 'caja b' del PP en la Audiencia Nacional, ha rechazado pronunciarse sobre la conveniencia de la celebración de un careo entre el ex tesorero del PP Luis Bárcenas, juzgado en este caso, y el expresidente del Gobierno Mariano Rajoy. Lo considera "prematuro" al desconocerse aún si habrá contradicciones entre ambos en el curso de la vista oral.

Rajoy ha sido citado como testigo en esta causa, y según el fiscal además de la existencia de contradicciones la Ley de Enjuiciamiento criminal exige para justificar un careo que éstas afecten al interés de la causa y al objeto del enjuiciamiento, que son las obras en la sede del PP en Madrid sufragadas presuntamente con dinero en negro y "no a otros hechos".

Por ello, considera que aventurar la necesidad de este trámite procesal lo considera prematuro y deja esta decisión al criterio de la Sala.

Sobre las propuestas de testigos periodistas realizadas por esta misma defensa, Romeral ha señalado que por realizar una investigación periodística no puede considerarse que uno es testigo de un hecho, aunque carece de más elementos para decidir sobre este asunto y tampoco se pronuncia en aras a lo que decida el tribunal al respecto.

La defensa quiere llamar como testigo al periodista Francisco Mercado, a quien se señala como autor de una grabación aludida por Bárcenas en un reciente escrito ante la Fiscalía Anticorrupción. En este documento su antecesor en la tesorería del PP, Álvaro Lapuerta, comenta "sobre las entregas en metálico que se realizaban mensualmente a estos miembros del partido, en la que se mencionaba entre otros, expresamente, a Mariano Rajoy".

La defensa también ha solicitado que se llame al periodista Eduardo Inda porque "escuchó esa grabación" así como a los también informadores Ernesto Ekaizer y a María Luisa Bernal porque escribieron sendos libros en los que contaron la existencia de esta grabación.

Sobre la solicitud de ausentarse de todas las sesiones del juicio planteadas por algunos acusados, el fiscal señala que lo deseado es su presencia en aras del derecho de defensa, si bien este derecho no es absoluto, por lo que el Ministerio Público no se opone a una dispensa siempre que comparezcan en el momento de su declaración y al término de la vista, en el turno de última palabra.

Abogacía comparte la postura de la Fiscalía

Por su parte, la representante de la Abogacía del Estado, Rosa María Seoane, tampoco se ha opuesto a la dispensa de los acusados y ha compartido la postura de Fiscalía sobre la posibilidad de que haya un careo entre Bárcenas y Rajoy.

En cuanto a la propuesta de nuevos testigos realizada por el abogado del extesorero del PP, Seoane también ha dejado en manos del tribunal la valoración de "pertinencia" y "necesidad" sobre su admisión, debido a que "ignora el grado de conocimiento" que puedan tener los periodistas sobre la citada grabación.

La Abogacía del Estado también se ha adherido a la del Ministerio Público respecto a la "limitación objetiva de los hechos de enjuiciamiento", para sacar de este proceso el presunto delito fiscal cometido por la formación con el impuesto de sociedades de 2008, así como el posible delito fiscal relacionado con el impuesto de sociedades de 2006 de la empresa Unifica, que realizó las obras de reforma de la sede.

"Haciendo un repaso cronológico de los matices con los que han sido interpretados estos límites de acusaciones populares para delitos de Hacienda Pública, debe rechazarse su legitimación", ha afirmado, en alusión a la denominada 'doctrina Botín', ya que ni Fiscalía ni Abogacía del Estado acusan por estos hechos concretos.

Sobre los presuntos delitos fiscales que atribuye a algunos de los acusados, como el del impuesto de sociedades de 2007 de la empresa que llevó a cabo la reforma de la sede del PP, Seoane ha indicado que su prescripción, como alegan las defensas, "no es evidente ni clara".

Asimismo, ha rechazado que haya prescrito el delito contra la Hacienda Pública por el IVA correspondiente al ejercicio del 2010, argumentando que cuando los servicios jurídicos del Estado emitió su escrito de acusación fue en 2015, justo un año antes de que concluyera dicho plazo de prescripción.

Además, ha defendido que no cabe aplicar doctrina administrativa porque este acusación no nace de una denuncia en los tribunales, sino de la orden de un juez instructor de una causa penal que pidió a la Agencia Tributaria que averiguara si se había cometido delitos fiscales. "Cosa distinta", ha concluido, es que el tribunal acuerde que la cuota imputada no está bien determinada.