La Justicia catalana mantiene el 25% de castellano en 2 escuelas

Agencias
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El TSJC ratifica la medida cautelar y considera que no es incompatible con la nueva normativa del Govern sobre lenguas en la enseñanza

Fachada del Palacio de Justicia de Catalunya, sede del TSJC y de la Audiencia de Barcelona. - Foto: DAVID ZORRAKINO EUROPA PRESS

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha acordado mantener el 25% de clases en castellano en dos escuelas donde esta medida ya se aplica cautelarmente por orden judicial, pese a que la Generalitat había pedido que se revocara tras la aprobación de la nueva ley lingüística.

El TSJC se ha pronunciado así por primera vez sobre las escuelas sujetas a medidas cautelares, después de que el pasado mes de junio reconociera que la sentencia que impone el 25% de clases en castellano no se puede aplicar tras la nueva ley aprobada por el Parlament, que ahora está en manos del Tribunal Constitucional.

Los magistrados argumentan que la nueva normativa del Govern sobre lenguas en la enseñanza -y que según el propio TSJC resulta incompatible con la sentencia del 25%- "no incide necesariamente" en estas medidas cautelares.

Sin embargo, los jueces recuerdan que "existe una resolución judicial firme, de naturaleza cautelar, que reconoce el derecho del alumno a recibir una enseñanza en castellano con una determinada intensidad de uso", en referencia a las cautelares que dictaron en febrero, y añaden que esto no queda afectado por la nueva normativa del Govern.

En cambio, no descartan que las medidas cautelares puedan verse afectadas una vez se haga la "aplicación singular" de la nueva normativa en las escuelas.

Aun así, insisten en que la normativa "en ningún caso incide de forma instantánea sobre situaciones jurídicas individuales ya reconocidas", como estas medidas cautelares.

Decreto del Govern

En mayo, el Govern aprobó, en respuesta a la sentencia del TSJC sobre el 25% de castellano, un decreto ley que fija explícitamente la "inaplicación" de porcentajes en el uso de lenguas en la enseñanza y que fija al catalán como lengua vehicular.

El propio TSJC constató la "imposibilidad legal" de ejecutar la sentencia del 25% porque se contradice con esta nueva normativa, y ha planteado una cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional (TC).

En concreto, el decreto del Govern estipula que el uso del castellano se deberá definir en función de criterios pedagógicos, y los jueces argumentan ahora que "en este caso, no se alegan ni constatan cuáles son los criterios pedagógicos individualizados que determinan la necesidad de modificar la decisión cautelar".

Los jueces consideran que la obligación cautelar de usar al menos un 25% de castellano "tampoco resulta afectada por la prohibición de porcentajes" que fija el decreto.