Europa avala que las empleadas del hogar cobren paro

Agencias
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El Tribunal comunitario concluye que la norma española es contraria a derecho y la ve discriminatoria por razón de sexo al considerar que el régimen de este colectivo es mayoritariamente de mujeres

Una manifestación frente al Congreso de los Diputados en la que estas trabajadoras reivindican sus derechos. - Foto: EFE

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó ayer una sentencia histórica, al concluir que la exclusión de las empleadas del hogar de las prestaciones por desempleo que recoge la normativa española es contraria al derecho de la Unión y consideró que, dado que este colectivo está formado «casi exclusivamente» por mujeres, esta ley constituye una discriminación indirecta por razón de sexo.

«Esta exclusión entraña una mayor desprotección social de los empleados del hogar, que se traduce en una situación de desamparo social», concluyó el Tribunal de Justicia europeo en su sentencia, en línea con las conclusiones del Abogado General del Tribunal de Justicia de la UE del pasado septiembre.

En su dictamen, tuvo en consideración que en España el 95% de los empleados del hogar son mujeres, por lo que subrayó que esta normativa nacional perjudica especialmente a las féminas y entraña «una discriminación indirecta por razón de sexo contraria a la directiva». Así apuntó que la ley española coloca a las mujeres en desventaja con respecto a los varones.

El asunto fue elevado al Tribunal de Luxemburgo por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vigo, que solicitó al tribunal que interpretara la directiva sobre igualdad en materia de seguridad social para determinar si existe una discriminación indirecta por razón de sexo.

El TUE concluyó que todos los trabajadores por cuenta ajena inscritos en el Régimen General de la Seguridad Social tienen derecho a las prestaciones por desempleo, incluidos los empleados del hogar.

Además, el Tribunal de Justicia puso de relieve la falta de motivos que justifiquen la exclusión de los operarios del hogar de la prestación por desempleo respecto a otros colectivos que también desarrollan su relación laboral a domicilio y para particulares y que, además, tienen características similares respecto a tasas de paro, remuneración o cualificación. Razones por las que estimó que estos colectivos presentan riesgos similares.

 

Sindicatos

Mientras, CCOO y UGT urgieron ayer al Gobierno a corregir la discriminación que sufren las empleadas del hogar.

Los dos sindicatos mostraron su satisfacción con la sentencia al entender que sitúa a las mujeres en una desventaja no justificada con respecto a los trabajadores varones.

Para CCOO, este fallo «es un paso muy importante de cara al reconocimiento de los derechos de este colectivo y su igualdad respecto al resto de trabajadores» y debe ser «un hito definitivo» para conseguir acabar con la discriminación del régimen de asalariadas de hogar.