El Supremo anula el cese de Pérez de los Cobos

Europa Press
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Marlaska atribuyó el despido a razones de organización dentro de la Guardia Civil de Madrid pero posteriormente matizó que respondía a la filtración a los medios de un informe sobre la manifestación del 8M y su posible influencia en la pandemia

El Tribunal Supremo (TS) ha estimado este martes el recurso presentado por el coronel Diego Pérez de los Cobos anulando la sentencia de la Audiencia Nacional (AN) del 15 de septiembre de 2021 que avaló su cese como jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid por parte del ministro de Interior, Fernando Grande-Marlaska, por pérdida de confianza.

Según ha informado el alto tribunal, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha confirmado así la sentencia dictada el 31 de marzo de 2021 por el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo Número 8 de la Audiencia Nacional, que declaró "ilegal" el cese del coronel al entender que la motivación no era "real" o, como poco, no se ajustaba "a la realidad".

El juez Celestino Salgado rechazó entonces ejecutar provisionalmente la sentencia porque el fallo aún no era firme. Ahora que sí lo es, las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press explican que está en manos de este mismo magistrado ordenar la restitución de Pérez de los Cobos, ya que el Supremo no se pronuncia sobre ese extremo.

Imagen de archivo del coronel Diego Pérez de los Cobos. Imagen de archivo del coronel Diego Pérez de los Cobos. - Foto: EFE/ Rodrigo Jimenez

Las mismas fuentes indican que, una vez que Salgado ordene ejecutar la sentencia donde dispuso el reingreso de Pérez de los Cobos, notificando su decisión a la administración pública, el Ministerio de Interior tendrá dos meses para acatar la orden judicial. En caso de no hacerlo, el coronel podrá reclamarlo expresamente ante el Juzgado Central.

Pérdida de confianza

Cabe recordar que el coronel fue cesado en mayo de 2020, concretamente un domingo por la noche -a los pocos días de declararse el estado de alarma por la COVID-19- dando paso a las críticas de los partidos de la oposición al entender que se le había echado por no mantener informado al ministro sobre las investigaciones judiciales -luego archivadas- sobre la manifestación del 8-M de ese año.

La Abogacía del Estado recurrió ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la AN al considerar que la salida de Pérez de los Cobos no supuso una "desviación de poder" por deberse a una pérdida de confianza. Lo contrario, adujo, supondría eliminar la posibilidad de destituir del cargo de libre designación a un oficial.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la AN dio la razón a la Abogacía del Estado, declarando legal el cese de Pérez de los Cobos. "Habiendo quebrado la confianza, no tiene sentido la declaración de reincorporación al destino", sostuvieron los magistrados de la Audiencia Nacional.

Este cese también debe explicarse

No obstante, el coronel elevó el asunto hasta el Supremo, que este martes finalmente le ha dado la razón. Aunque la sentencia no se conocerá hasta los próximos días, fuentes consultadas señalan que el TS se ha limitado a aplicar su doctrina de que la destitución de funcionarios en puestos de libre designación también deben motivarse.

El alto tribunal recuerda que incluso en este tipo de cargos deben explicarse las razones que han llevado a la pérdida de confianza en la persona cesada, motivos que son susceptibles de control judicial para determinar si la decisión se ajusta a la ley. En el caso concreto de Pérez de los Cobos, cree que no fue así porque fue destituido por no contravenir el mandato de la juez instructora del 'caso 8-M'.

Pérez de los Cobos alegó en uno de sus recursos que se cese era una "directa consecuencia de no haber accedido a realizar un acto abiertamente ilegal, como lo hubiera haber sido informado a los responsables políticos del Ministerio de Interior una investigación sometida a la más estricta reserva".